EL NUEVO SISTEMA JUDICIAL DE LA ORALIDAD EN LA CIUDAD DE MÉXICO

El sistema judicial en la impartición de justicia en la Ciudad de México, desde El Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) ha dado los pasos más importantes hacia la modernización de los procesos judiciales con la implementación de los juicios orales en las materia civil y mercantil, que iniciaron el pasado mes de enero  de 2004 con la puesta en marcha de 20 nuevos juzgados, con sus correspondientes salas de juicio oral. Este nuevo modelo procesal es aplicable únicamente a demandas cuya suerte principal no exceda los $520,900.00.
De manera parcial inició la utilización del Sistema Penal Acusatorio Adversarial en el mes de enero de 2015, para delitos culposos o de querella. La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal elaboró un  Catálogo de delitos culposos y que se investigan por querella en el que detalla cuáles son ilícitos que serán procesados con este nuevo modelo de justicia
Los delitos considerados culposos (no graves) son el homicidio, las lesiones, el aborto, las lesiones por contagio, daño a la propiedad, ejercicio ilegal del servicio público en las hipótesis de destruir, alterar o inutilizar información o documentación bajo su custodia o a la cual tenga acceso.
Otros delitos no graves y que por tanto se llevarán bajo el nuevo sistema, a partir de hoy, son la evasión de presos, suministro de medicinas nocivas o inapropiadas, ataques a vías y a medios de comunicación, así como delitos contra el ambiente y los actos de maltrato o crueldad contra animales no humanos.
Por lo que se refiere a los delitos por querella están las lesiones culposas, la procreación asistida, inseminación artificial y esterilización forzada, además del peligro de contagio previsto en el artículo 159 del Código Penal del DF, la privación de la libertad con fines sexuales, la violación cuando entre la víctima y victimario exista vínculo matrimonial, de concubinato o de pareja; el abuso sexual, el acoso sexual, el estupro y los delitos que atentan contra el cumplimiento de la obligación alimentaria.
En este rubro serán procesados la violencia familiar, la violencia familiar equiparada, la discriminación, las amenazas, el allanamiento de morada, despacho, oficina o establecimiento mercantil y los delitos patrimoniales que sean cometidos por un ascendiente, descendiente, cónyuge, parientes por consanguinidad hasta el segundo grado, adoptante o adoptado, concubina o concubinario, pareja permanente o parientes hasta el segundo grado.
Otros delitos por querella son robo sin agravantes, abuso de confianza, abuso de confianza equiparado, fraude, fraude específico, administración fraudulenta, insolvencia fraudulenta en perjuicio de acreedores, despojo y daño a la propiedad. Se persiguen de oficio cuando se cometan en perjuicio de dos o más víctimas. También se llevarán bajo el nuevo sistema el ejercicio ilegal del propio derecho, fraude procesal y violación de correspondencia.
Se procesarán también la defraudación fiscal, defraudación fiscal relacionada con inmuebles, defraudación fiscal en materia de suministro de agua potable, delitos relacionados con los padrones de contribuyentes, delitos cometidos por depositarios e interventores, delitos de falsificación en materia fiscal y de asociación delictuosa en materia fiscal. Estos se perseguirán de oficio cuando participen servidores públicos. También se perseguirán los delitos contra la regulación urbana.
El 20 de agosto de 2014 fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el decreto por el cual la Asamblea Legislativa declara la Incorporación del Sistema Procesal Penal Acusatorio y del Código Nacional de Procedimientos Penales al orden jurídico citadino.
En tanto, el Tribunal Superior de Justicia local publicó en la Gaceta Oficial un decreto en el que se da a conocer la creación de la figura de jueces de Justicia para Adolescentes en delitos no graves, Penal de delitos no graves, de Ejecución de Sanciones y Civil de cuantía menor. Documento, que rige las obligaciones y principios de la actuación policial, y que entró en vigor (15/I/2015), y que está incluido en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
En el documento emitido el 9 de enero por la Subsecretaría de Operación Policial se notifica que el 16 de enero este sistema entra en vigor para los delitos culposos y aquellos que se persiguen por querella. Entre los ocho puntos destaca: recibir denuncias de cualquier  persona en el formato correspondiente por hechos que pudieran ser constitutivos de delito e informar al Ministerio Público, por cualquier medio y de inmediato, de las diligencias.
Además, hacer saber al detenido los derechos que le asisten.
La Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal informó a través de un comunicado que la Gaceta Oficial publicó los acuerdos por los que se expiden los protocolos de actuación policial para la detención de probables responsables en el marco del Sistema Penal Acusatorio y el de actuación policial para la preservación del lugar de los hechos o del hallazgo y cadena de custodia.
El primer protocolo establece los supuestos bajo los cuales los policías preventivos  realizarán la detención de  los probables responsables de cometer un delito: cuando se emita un mandamiento ministerial, un mandamiento jurisdiccional y exista flagrancia en la comisión de un ilícito.


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