LA LIBERTAD, COMO PRINCIPIO DEL DERECHO
El
ser humano, a diferencia de otros seres, tiene como arma natural la razón, es
decir la capacidad para comprender el mundo que lo rodea y transformarlo a su
voluntad, con un propósito definido. Asimismo, tiene conciencia de sí mismo y
de su propio ciclo de vida. Se entiende como un ser social por naturaleza y
convierte instintos vitales en valores sociales y de su conducta que le dan un
propósito a su existencia y a la sociedad en que la vive.
Esto
le permite reconocer aquello que favorece y posibilita esos objetivos
individuales y colectivos y lo que impide o destruye. Distingue así un ámbito,
un espacio propio donde pude disponer de sí mismo, decidir y actuar
voluntariamente a favor o no de tales propósitos.
Esta
percepción se desarrolló conforme el propio ser humano progresaba materialmente
hacia estadios de adelanto material y espiritual suficientes para considerarlo,
dentro de su creación social, como un ser individual, con identidad y con capacidad
de decisión dentro del margen de tolerancia que las necesidades colectivas o
las características económicas, políticas y sociales dominantes permitían sin actividad
mecanismos de sobrevivencia o control.
Una
constante de esta toma de conciencia de la
propia individualidad, sin embargo, y acaso como motor de la misma, es el
impulso de manifestar y ejercer esa individualidad. Su concreción no es sino la
libertad.
La
libertad es así una característica del ser humano (como la capacidad consiente
de actuar) y una necesidad individual y social (porque orienta y potencia la
capacidad natural de crear, producir, dar y aportar a sí mismo y a los demás)
que no admite para ser plena y hacer plenos a los seres humanos, otro límite
que lo que la razón señale como indispensables para no afectar, directamente o
no, la propia libertad. Esta autocontención es, a su vez, la primera manifestación
tangible de la libertad.
La
libertad como principio general del Derecho es la atribución de todo sujeto de
Derecho (ente físico o moral al que el Derecho otorga o reconoce derechos y
obligaciones y la capacidad de ejercerlos y cumplirlas con consecuencias
jurídicas previstas) para decidir voluntariamente su actuación pública y
privada bajo el supuesto de conocer y aceptar las consecuencias jurídicas de la
misma, dentro de los supuestos de legitimidad que la norma prevea.
La
libertad, pues, es el primer supuesto para fundamentar la necesidad social de
un orden normativo que se base en la persona humana y haga de esta y su desarrollo
el objeto supremo del orden que persigue. Los Principios Generales del Derecho,
Segob, 2007.
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